Beneficios Ópticos

Con el propósito de otorgar mayores beneficios a quienes cotizan voluntariamente en los Fondos Solidarios, se resolvió a partir del 01.ENE.2014, aumentar la cobertura de los Lentes Intraoculares, agregando además el beneficio de CIRUGÍA LASIK, tal como se indica a continuación:

Beneficiarios Activos

En la siguiente tabla se detallan los valores de:

  • Monto de cobertura para lentes Ópticos
  • Monto de cobertura para lentes Intraoculares
  • Monto de cobertura para Cirugía Refractiva Lasik.

Para ver detalle de valores hacer clic en la imagen.

Beneficiarios en Retiro

En la siguiente tabla se detallan los valores de:

        • Monto de cobertura para lentes Ópticos.
        • Monto de cobertura para lentes Intraoculares.
        • Monto de cobertura para Cirugía Refractiva Lasik.

Para ver detalle de valores hacer clic en la imagen.

Cirugía Refractiva Lasik

Con la intención de cubrir la gran demanda de nuestros afiliados tanto activos como en condición de retiro, es que se ha creado el beneficio en cirugías Lasik, el cual consiste en el reembolso por única vez  con valor de 20 UF.  por beneficiario, a libre elección del prestador, de Cirugía Refractiva Lásik para vicios de refracción de miopía, astigmatismo e hipermetropía. La cobertura comprende todos los gastos derivados de la cirugía, siempre y cuando el beneficiario acredite la necesidad del procedimiento mediante un informe del médico tratante, con exámenes que lo respalden. Se excluyen de la cobertura los exámenes previos a la cirugía.

Requisitos para Acceder a este Beneficio

Requisitos:

Ser mayor de 21 años de edad

Ser beneficiario Activo o en condición de Retiro

Estar suscrito a los fondos solidarios, para los beneficiarios activos al Fondo de Salud Familiar del Ejército (FOSAFE) o beneficiarios en retiro al Fondo Complementario de Salud.

¿Que Casos Médicos cubre este Beneficio?

El reembolso procederá en aquellos casos calificados y siempre que se cumpla con los siguientes parámetros:

Uso de lentes por al menos 5 años

Tener miopía mayor a 4 dioptrías por cada ojo

Tener hipermetropía mayor a 3 dioptrías por cada ojo

Tener anisometropías importantes con diferencia de 2 dioptrías entre un ojo y otro.

El plazo para presentar las boletas o facturas, será de 60 días a partir de la fecha de atención. Los requisitos necesarios para proceder al reembolso, serán visados por la Contraloría Médica de la JEAFOSALE.

Nota:Es importante señalar que no existirá cobertura para aquellos tratamientos que se origen como consecuencia de la Cirugía Refractiva Lásik