Fondo Complementario

Fondo Medicina Curativa

Fondo Complementario

Cotización Adicional

Cuadro de Coberturas

Fondo Solidario de libre opción que permite a los beneficiarios pensionados y sus cargas familiares acceder a una bonificación adicional a la contemplada en la ley de salud, otorgando además importantes beneficios adicionales, con un tope anual de UF 700.
Coberturas Fondo Complementario de Salud

Hospitalizaciones

En caso de hospitalizaciones que se realicen en Hospitales Militares, de Fuerzas Armadas y Servicio Nacional de Salud e instituciones en convenio, (previa presentación de una derivación u orden de atención), el Fondo Complementario otorga una bonificación adicional del 15% del arancel institucional para el titular y un 40% del arancel institucional para cargas.

En el caso de necesitar atenderse en la Red Pública de Salud se requerirá una derivación u orden de atención.

Plantillas Prótesis y Endo-Prótesis
Otorga una bonificación adicional del 10% arancel institucional para plantillas, prótesis, endoprótesis y exoprótesis.
Atenciones Dentales

Cobertura adicional de:

  • 5% para titular y 40% para cargas familiares de bonificación arancel institucional para atenciones dentales.
  • 15% para titular y 40% para cargas familiares de bonificación arancel institucional para tratamientos de ortodoncia (menores a 17 años).
  • 15% para titular y 40% para cargas familiares de bonificación arancel institucional para prótesis fijas unitarias y plurales, conforme a los topes establecidos.
Beneficios Adicionales Fondo Complementario de Salud
Enfermedades Catastróficas
Cobertura adicional 15% para titular y 40% para cargas familiares de arancel institucional, en tratamientos ambulatorios: Quimioterapia, Radioterapia, Diálisis y Hemodiálisis.
Implantología Dental
Cobertura vía reembolso para prestaciones de implantología dental 15 UF cada 2 años por beneficiario, etapas de planificación, cirugía y rehabilitación. Excluye laboratorio.
Transplantes y Medicamentos Inmunosupresores

Beneficio para Trasplante de hasta 5.500 UF por beneficiario.
Reembolso del 90% para medicamentos inmunosupresores.

Exámenes de Fertilidad
Cobertura vía reembolso para exámenes de fertilidad; 10 UF anuales por beneficiario.
Beneficio Óptico
  • Cobertura cada dos años para lentes (cristales y marcos), en ópticas en convenio, o a través de reembolso.
    La compra de lentes es de libre elección por parte del beneficiario.
    Titular: 3,5 UF y Carga: 3,3 UF.
  • Cobertura para lentes intraoculares (tope por cada lente); Titular: 11 UF y Carga: 11 UF.
  • Cobertura vía reembolso para cirugía refractiva lásik; 20 UF por única vez por beneficiario, conforme a procedimientos establecidos.
Adquisición de Audífonos
Cobertura cada dos años para audífonos (un aparato), vía crédito con prestadores en convenio o a través de reembolso con prestadores sin convenio; Titular: 22 UF y Carga familiar: 22 UF.

Cobertura cada dos años para reparación de audífonos (un aparato); vía crédito con prestadores en convenio o través de reembolso con prestadores sin convenio; Titular: 6 UF y Carga familiar: 6 UF

Sesiones de Acupuntura
Cubre el valor de sesiones de acupuntura para los beneficiarios del Fondo Complementario de Salud con tope de hasta UF 1,5 anuales. (Por Beneficiario) para hospitalizaciones en instalaciones en convenio.

Solamente en HMS y HMN

Diferencia Arancelaria
80% de bonificación para titulares y 80% para cargas, por concepto de diferencia arancelaria en prestaciones de días cama y cirugías hospitalarias en HOSPITAL MILITAR DE SANTIAGO. y HOSPITAL MILITAR DEL NORTE

50% de bonificación por concepto de diferencia arancelaria para titulares y cargas, en cirugías y procedimientos ambulatorios que incluyan el uso de pabellón en HOSPITAL MILITAR DEL NORTE y HOSPITAL MILITAR DE SANTIAGO.

Medicamentos de Alto Costo
Se accede a un 90% de bonificación para medicamentos ambulatorios de alto costo en HOSPITAL MILITAR SANTIAGO y HOSPITAL MILITAR DEL NORTE, conforme a procedimientos establecidos.
Desgravamen
Cobertura de Desgravamen de hasta 400 UF por la deuda del grupo familiar, al fallecimiento solo del titular.

Consultas de Especialidades Críticas

Cobertura vía reembolso para consultas de especialidades críticas (dermatología, endocrinología, oftalmología, reumatología, gastroenterología, neurología y traumatología).

No requiere orden de atención. 50% de bonificación para titulares y 30% para cargas, con tope anual de 2UF por beneficiario.

Adquisición Silla de Ruedas
Cobertura vía reembolso de hasta 6 UF por adquisición de sillas de ruedas, por única vez, por beneficiario.
Medicamentos Oncológicos
Reembolso del 90% para medicamentos oncológicos ambulatorios, para el titular y cargas familiares, conforme a procedimientos establecidos.