Plan Fondo de Medicina Curativa Beneficiarios en Retiro

    • Acceso a un 75% de bonificación del arancel institucional para atenciones médicas, dentales, quimioterapia, radioterapia, diálisis, elementos de endoprótesis,órtesis y ortopedia para el titular.
    • Acceso a un 50% de bonificación del arancel institucional para atenciones médicas, dentales, quimioterapia, radioterapia, diálisis, elementos de endoprótesis, órtesis y ortopedia de las cargas.
    • Acceso a un 30% de bonificación para tratamientos de ortodoncia (menores de 17 años).

Exclusiones Plan Fondo de Medicina Curativa

Exclusiones Médicas
Atenciones y/o exámenes efectuados con fines de reposo geriátrico.
Medicamentos prescritos en atenciones ambulatorias, se exceptúan las vacunas por tratamientos (debidamente documentada su prescripción; al igual los medios de contrastes utilizados en exámenes específicos).
Traslado de pacientes en cualquier medio de transporte desde y hacia centros asistenciales. (a exepción de los traslados intrahospitalarios)
Atenciones médicas domiciliarias, exceptuando las efectuadas por el Médico Móvil
Prestaciones otorgadas por médicos privados, enfermeras, auxiliares y cuidadoras particulares en atenciones ambulatorias u hospitalarias.
Atenciones derivadas del tratamiento de rehabilitación y educación diferencial.
Hospitalización y tratamientos de fertilidad asistida.
Cirugía plástica o intervenciones quirúrgicas con fines estéticos.
Prestaciones y tratamientos médicos otorgados en el extranjero (Bonificación será homologada al arancel Hosmil Santiago o COE).
Trasplantes de órganos.
Prestaciones médicas efectuadas con fines de chequeo médico o constatación de estado de salud.
Prestaciones de Podología.
Materiales específicos para cirugía bariatrica.
Honorarios de equipos médicos contratados por el beneficiario.
Tratamientos con toxina botulínica (Botox)
Otras consideradas en reglamentación correspondiente.
Exclusiones Dentales
Utilización y/o adquisición de metal precioso para acciones de este tipo, en todas sus presentaciones.
 Utilización de tecnología de elevado costo con fines estéticos.
 Implantes óseos integrados en todas sus etapas.
 Elementos utilizados para implantes de piezas dentarias o segmentos óseos.
Tratamientos de ortodoncia para beneficiarios de 17 años o mayores.
 Blanqueamiento de piezas permanentes / Arcada con cubetas, en todas sus etapas.
 Elementos de ortodoncia.
Otras consideradas en reglamentación correspondiente.
Exclusiones Óptica
Lentes ópticos neutros o de contacto estético, o de sol.
Adquisición de lentes, audifonos y reparación de audifonos.
Reparación de lentes.
En el caso de lentes de contacto, sólo se bonificarán los valores correspondientes a lo óptico y no lo estético.
Los elementos misceláneos para lentes ópticos, de contacto ópticos o audífonos, tales como líquidos o aparatos limpiadores, pilas, cargadores de pilas, entre otros.
Cirugías Lasik Oftalmológicas o Refractiva (Láser).
Otras consideradas en reglamentación correspondiente.