Diferencia Arancelaria

En el sistema de Salud del Ejército se definirá como “Arancel Institucional” al valor actual de las prestaciones y que corresponde al monto máximo que el FODEMECU puede pagar en virtud de la excesiva demanda actual de los beneficiarios, y al “Valor Prestación”, a aquel que considera los costos reales de éstas en cada instalación de salud (validados por asesorías externas de alto nivel técnico).

La diferencia entre ambos valores, será de cargo del beneficiario (pago por diferencia de arancel). Sin embargo, con la finalidad de apoyar en el financiamiento del referido pago adicional, se bonificará un determinado porcentaje a través de los Fondos Solidarios (lo cual implica pertenecer a ellos para optar a este beneficio), especialmente, en aquellas prestaciones que presenten los mayores diferenciales (hospitalarias).

Es importante destacar que la diferencia arancelaria comenzó a operar en el Hospital Militar de Santiago, a partir del 01.AGO.2013, abarcando la atención hospitalaria, ambulatoria y urgencias  con su correspondiente bonificación, según corresponda.